Protocolo de prevención y actuación ante el covid-19
JUSTIFICACIÓN, OBJETIVOS Y ÁMBITO DE APLICACIÓN
JUSTIFICACIÓN
La actual situación epidemiológica justifica la necesidad de continuar aplicando medidas de prevención y control, a fin de seguir haciendo frente al COVID-19 desde todos los ámbitos.
El deporte escolar no es ajeno a esta situación, ni mucho menos. Tenemos claro que es fundamental asegurar la práctica deportiva de nuestros/as menores. Y no solo porque realizar ejercicio físico es necesario para los niños y niñas, desde un punto de vista de salud, de socialización o de diversión, sino que, además, practicarlo con regularidad ayuda a fortalecer el sistema inmunitario, lo cual favorece la prevención de la enfermedad y el alivio de la sintomatología.
Las características propias de la actividad físico-deportiva escolar (instalaciones, materiales, contactos, desplazamientos y pernoctaciones grupales, edad de las y los deportistas) confieren una gran complicación a la hora de hacer “convivir” los programas de deporte escolar con situaciones de crisis sanitarias como la actual.
Por ello, todas las entidades deportivas deben establecer una serie de procedimientos que posibiliten la minimización del riesgo de contagio entre las y los deportistas, del personal técnico y demás agentes que intervienen en su desarrollo. Estos procedimientos, plasmados en el presente protocolo, modifican las condiciones de práctica deportiva para otorgarnos una mayor seguridad frente a la pandemia, como no puede ser de otra forma.
Así, es fundamental la comprensión de deportistas, familias, personal técnico y resto de agentes de la entidad. Hemos de concienciarnos entre todas y todos que estas son las únicas y mejores condiciones posibles si queremos desarrollar actividades físico-deportivas ante la realidad en la que nos encontramos.
Hay que tener presente que las medidas plasmadas en el presente protocolo siguen las normas y directrices establecidas por las autoridades sanitarias y por las administraciones deportivas, y que éstas, en función de la incidencia de la pandemia y de las decisiones que adopten las instituciones competentes, pueden ser modificadas.
Por último, la correcta aplicación del presente protocolo y, por lo tanto, el desarrollo de unas actividades deportivas seguras, requiere de un alto compromiso de todas las personas implicadas en el mismo: familias, deportistas, personal técnico, personas responsables de la entidad, etc. Resulta fundamental una responsabilidad individual y colectiva de todas y cada una de las personas de la entidad en la aplicación de las medidas a adoptar.
OBJETIVOS
El objetivo principal que tiene la entidad con el presente protocolo es:
Organizar las actividades deportivas de la entidad en unas condiciones de seguridad, estableciendo las medidas de prevención e higiene oportunas, así como las pautas de actuación ante la detección de casos o situaciones vinculadas al COVID-19.
Para alcanzar dicho objetivo resulta fundamental un objetivo secundario:
Informar, sensibilizar y concienciar de la importancia de la responsabilidad individual y colectiva de todas las personas que forman la entidad deportiva, ofreciendo pautas para prevenir riesgos y actuar ante un caso.
Así, resulta fundamental una adecuada comunicación/difusión de los objetivos, medidas y orientaciones del presente protocolo, así como evaluación permanente de las mismas que permitan un seguimiento continuo y una, adaptación en su caso, a las circunstancias tan variables y novedosas a las que nos enfrentamos.
ÁMBITO DE APLICACIÓN
El presente protocolo ha de aplicarse a todo tipo de actividades organizadas por la entidad que se desarrollen en el marco de los Programas de Deporte Escolar de la diputación foral: actividades de competición, de enseñanza, de detección, recreativas o deportivo-culturales.
Asimismo, será de aplicación para aquellas actividades que organice la entidad al margen del Programa de Deporte Escolar y que cuente con autorización de la diputación foral.
PERSONAS Y ÓRGANOS RESPONSABLES DEL PROTOCOLO
RESPONSABLE* DE SALUD DE LA ENTIDAD
La entidad ha de designar una persona responsable de salud. Se adjunta un modelo en el Anexo III.
Esta persona será la responsable técnica del protocolo y velará por su dinamización y buen funcionamiento.
Esta persona ha de contar obligatoriamente con la formación desarrollada por las instituciones a través de la Escuela Vasca del Deporte para esta figura. Sus funciones, de una forma más específica, son las siguientes:
Dar traslado a todas las personas trabajadoras y/o voluntarias que actúen en el seno de la entidad, así como a las familias de las y los deportistas menores, de las medidas preventivas, de actuación y, en su caso, disciplinarias. Tanto la información original, como cualquier modificación posterior.
Supervisar que ningún o ninguna menor comience la actividad sin que su familia haya firmado y remitido a la entidad el documento de conocimiento, aprobación y compromiso. Igual situación con el personal técnico y arbitral previamente al inicio de sus actividades.
Desarrollar una supervisión permanente de las actividades de la entidad, con el fin de asegurarse de que se cumplen todas las medidas de prevención e higiene incorporadas en el protocolo y con cualquier otra norma establecida por parte de las autoridades competentes.
Coordinarlaactuaciónydesarrollarlascomunicacionesoportunasconlasautoridadessanitariasy/oconlasfamiliasopersonasafectadasanteladeteccióndeuncasodeCOVID19.
Desarrollar propuestas de incorporación al Reglamento de Régimen Interno o Disciplinario de la entidad de infracciones vinculadas a riesgos provocados por el cumplimiento de las medidas de prevención frente al COVID-19 y remitirlas al órgano rector o de gobierno para su aprobación. (Según el tipo de entidad, es posible que estas funciones correspondan al Órgano Rector o de Gobierno de la entidad (Asamblea, Consejo Escolar del Centro, etc.)
Proponer la aplicación de las correspondientes medidas disciplinarias a adoptar por el órgano directivo o de administración de la entidad en caso de incumplimiento del protocolo. (Junta Directiva, Presidencia, Equipo Directivo, Comisión de Deportes, etc., según tenga establecido el tipo de entidad.)
Realizar las gestiones oportunas para que la información vinculada al protocolo así esté incorporada en la web de la entidad. Tanto la información original, como cualquier modificación posterior.
Establecerlasexcepcionesoportunasenrelaciónalusodevestuarios,depermisodeaccesoa acompañantesuotrossimilares.
Atender cualquier solicitud de información en relación al protocolo.
Realizar una evaluación permanente del protocolo y remitir, en su caso, propuestas de ajustes al órgano directivo o de administración de la entidad.
En la actualidad, la persona responsable de salud de la entidad es la siguiente:
(Nombre y apellidos y cargo)
ÓRGANO DIRECTIVO O DE ADMINISTRACIÓN DE LA ENTIDAD
El órgano directivo o de administración de la entidad tendrá las siguientes funciones:
Designar a la persona responsable de salud de la entidad
Aprobar el protocolo, y, en su caso, las posteriores modificaciones.
Aprobar, en su caso, las propuestas de modificación del Reglamento de Régimen Interno o Disciplinario de la entidad en relación a infracciones vinculadas a riesgos provocados por el cumplimiento de las medidas de prevención frente al COVID-19.
Aplicar las correspondientes medidas disciplinarias en caso de incumplimiento del protocolo.
OTROS AGENTES IMPLICADOS
Resulta indispensable también para una correcta y segura aplicación del protocolo del resto de personas que integran la entidad deportiva (personal técnico, deportistas, familias, cuerpo arbitral, responsable de deporte escolar).
Lasfuncionesyotrosaspectosatenerencuentaporestaspersonasseencuentranenlosanexos,enelmaterial informativo queseha generadoparacada una deestas figurasocolectivos.
ELEMENTOS DE PREVENCIÓN
MEDIDAS DE PREVENCIÓN E HIGIENE GENERALES
A definir cada uno de los puntos de este apartado por la entidad deportiva, según la organización propia y si las instalaciones deportivas en las que desarrolla las actividades son propias o de terceros.
Los espacios e instalaciones deportivas que deseen ser utilizadas para los programas de deporte escolar, sean propias o de terceros, deberán respetar en todo caso las medidas establecidas en las Normas Generales de Actuación para el deporte escolar 2021-2022.
En el caso de uso de instalaciones de terceros, en algunos puntos de este apartado se deberán recoger las medidas establecidas por la entidad titular de las instalaciones, mientras que otros deberán ser rellenados en función de la organización propia de la entidad.
MEDIDAS ORGANIZATIVAS PARA EVITAR LAS AGLOMERACIONES
Las “Normas Generales de Actuación” establecen lo siguiente:
o “El protocolo de actuación de la entidad deberá recoger un sistema organizativo que analice las condiciones estructurales (espacios, equipamientos, etc.) y los procedimientos habituales de la entidad que evite las aglomeraciones de personas y posibilite aplicar las medidas de desinfección e higiene (rutas de circulación, escalonamiento de las llegadas/salidas, horarios de las actividades, sistema de gestión de filas, aforos, evitar reuniones multitudinarias, cartelería informativa y señalizaciones, desinfección de material, lavado de manos, etc.) durante el transcurso de la actividad. Todas las medidas adoptadas deberán respetar las normas establecidas por las entidades titulares de las instalaciones o espacios deportivos y las establecidas por las autoridades sanitarias.”
“Cuando se disponga de dos o más puertas, se procurará establecer un uso diferenciado para la entrada y la salida, con objeto de reducir el riesgo de formación de aglomeraciones.”
HIGIENE DE MANOS
Las “Normas Generales de Actuación” establecen lo siguiente: “De cara a la higiene de manos, se asegurará que todas las personas tengan permanentemente a su disposición en el lugar de la actividad y en lugares comunes (entradas, baños, comedores, etc.) agua, jabón y papel para el secado de manos, y si no es posible geles hidroalcohólicos.”
Asimismo, según el tipo de actividades y el contacto con otros/as deportistas u otros materiales, podría ser recomendable que, en las actividades, tras un periodo de tiempo determinado, se realizaran descansos para un lavado de manos de las y los deportistas.
LIMPIEZA Y DESINFECCIÓN
Las “Normas Generales de Actuación” establecen lo siguiente: “En el caso de usar instalaciones o espacios deportivos propios, se cuidará especialmente la limpieza y desinfección con un programa intensificado de limpieza, revisando la desinfección de objetos y superficies que están en contacto frecuente con las manos de diferentes personas. Se tendrá en cuenta la ORDEN de 2 de abril de 2020, de la Consejera de Salud, por la que se adoptan medidas en materia de limpieza y desinfección de superficies y otras medidas higiénicas debido a la pandemia causada por el SARS-CoV-2 (Covid-19), y sus instrucciones técnicas.
Asimismo, se proveerán elementos para desechar de forma adecuada los materiales de protección utilizados (mascarillas).”
VENTILACIÓN DE ESPACIOS E INSTALACIONES
Las “Normas Generales de Actuación” establecen lo siguiente: “Asimismo, se aumentará la ventilación natural y mecánica de los espacios con el fin de favorecer la renovación del aire en su interior, trabajando en lo posible con aire exterior, minimizando la recirculación y evitando corrientes de aire interior.”
USO DE LAS MACARILLAS
El uso de mascarillas deberá ajustarse en todo momento a lo establecido por las autoridades sanitarias.
En instalaciones deportivas al aire libre, el uso de la mascarilla será obligatorio siempre que no resulte posible mantener de modo constante una distancia mínima de 1,5 metros entre personas. No será exigible: en piscinas durante el baño, en entrenamientos de preparación de competición, en la propia competición y en los momentos extraordinarios de actividad física intensa en exteriores.
En instalaciones deportivas cubiertas, el uso de mascarilla es obligatorio. No será exigible en las piscinas y áreas recreativas de agua durante el baño ni en el momento de la ducha. Tampoco será exigible en entrenamientos de preparación de competición, ni en la propia competición.
El uso de mascarilla no será exigible para aquellos supuestos autorizados por las autoridades sanitarias (problemas respiratorios, discapacidades, etc.).
En los desplazamientos, pernoctaciones, comedores y otras circunstancias vinculadas a las actividades deberá respetarse en todo momento lo establecido por las autoridades sanitarias para tales ámbitos.
Las y los deportistas, el personal técnico y el personal arbitral, en los casos en los que deban retirarse la mascarilla para realizar la actividad, durante toda la actividad o parcialmente, deberán portar a las actividades y competiciones una bolsa de tela o similar con su nombre incorporado para introducir en la misma su mascarilla individual, con el fin de evitar confusiones.
ACTIVIDADES: SESIONES Y ENTRENAMIENTOS
MINIMIZACIÓN DE CONTACTOS
Las actividades, entrenamientos, con el fin de reducir el número de contactos, se desarrollarán de la siguiente manera:
Se recomienda mantener en la medida de lo posible los Grupos de Convivencia Estable a la hora de realizar las actividades. En el caso de que se mezclasen grupos, se recomienda que sea en las actividades al aire libre y en alumnado del mismo curso
Se mantendrá una distancia de seguridad de 1,5 metros entre asistentes a la actividad salvo en los casos que se especifique una distancia mayor.
Los entrenamientos impartidos tanto en los centros escolares como en instalaciones públicas o privadas deberán respetar los protocolos establecidos en los mismos.
ACTIVIDADES AL AIRE LIBRE
Siempre que resulte posible, las actividades se realizarán al aire libre.
USO DE MATERIALES
Se podrán compartir los objetos necesarios para la realización de la actividad, hiegienizando las manos tanto antes como después, y limpiando los materiales entre cambios de grupos.
No podrá compartirse en ningún caso botellines de agua, debiendo cada deportista, en su caso, portar su botellín individual, marcando de forma destacada su nombre en el mismo de cara a evitar confusiones. De igual forma deberá procederse con cualquier otro material deportivo o complementario de uso individual (toallas, petos, etc.) que deba usarse durante la sesión y pueda provocar confusiones entre las y los deportistas. Tampoco podrán compartirse alimentos u otro tipo de bebidas, pañuelos o elementos similares que tendrán que ser en todo caso de uso individual. En aquellas actividades en las que las y los deportistas suden, expiren, o saliven de una forma importante sería recomendable que cada deportista lleve una toalla a la actividad y que, de forma periódica, el personal técnico realizara un descanso para la limpieza.
Cuando se use material de botiquín, la persona que realiza la cura deberá portar en todo momento guantes desechables.
VESTUARIOS
No se podrán hacer uso de los vestuarios.
Quedan exceptuadas las actividades desarrollas en la piscina, en las que se deberán respetar la ocupación del 60 por ciento de su aforo máximo, sin posibilidad de utilizar las duchas y debiéndose ventilar de manera continua durante su uso y, además, antes de su apertura y después de su cierre. Si la ventilación es mecánica, se deberá maximizar la entrada de aire exterior y evitar la recirculación del aire. Asimismo, en el caso de que tengan que ser utilizados, el personal técnico de la actividad establecerá un sistema que respete las normas de protección y la distancia física interpersonal. Se tendrán en cuenta los subgrupos estables establecidos para el desarrollo de las actividades en caso de realizar turnos.
Así, las charlas técnicas que pudieran querer organizarse previamente, durante o después de los entrenamientos o competiciones, se desarrollarán siempre y cuando las condiciones lo permitan, en el mismo terreno de juego o en los graderíos de las instalaciones deportivas, sin necesidad de desarrollarlos en los vestuarios o en otros espacios más reducidos.
PERSONAS ACOMPAÑANTES O ESPECTADORAS
Se permite la asistencia de público a eventos deportivos de acuerdo a las siguientes limitaciones:
o En recintos con capacidad inferior a 1.600 personas, el máximo en interiores será de 600 personas y de 800 en exteriores.
o En recintos con capacidad de entre 1.600 y 5.000 personas, el máximo en interiores será de 800 personas y de 1.200 en exteriores.
o En recintos con capacidad superior a 5.000 personas, el aforo máximo no podrá superar el 30 por ciento. Siempre que sea posible, se establecerán sectores independientes de menos de 1.000 personas, con puntos de acceso y zonas de paso independiente.
o En pruebas deportivas que se realicen al aire libre, tanto en entornos urbanos como en el medio natural, la organización deberá respetar las directrices de la Dirección de Salud Pública y Adicciones establecidas para la asistencia de público en estas pruebas deportivas.
En instalaciones deportivas con grada o asientos el público deberá permanecer sentado, se requerirá asiento preasignado, respetar la distancia de seguridad y los límites de aforo.
En instalaciones que no dispongan de grada o asientos y el público debe de permanecer de pie, se deberá de asegurar 1,5 metros de distancia entre personas, salvo grupos de convivientes.
Cuando se disponga de dos o más puertas, se procurará establecer un uso diferenciado para la entrada y la salida, con objeto de reducir el riesgo de formación de aglomeraciones.
AFORO PARA LA PRÁCTICA DEPORTIVA
En las instalaciones deportivas, el aforo máximo permitido para la práctica deportiva será del 60% de su capacidad autorizada.
Elaforomáximodelainstalaciónestaráexpuestoenlaentradaalamisma.Seráresponsabilidadde la persona responsable de salud el supervisar que la planificación diaria de actividadesasegurenosuperaren ningúnmomentoel límitedelaforo.
De todos modos, será el personal técnico el que controlará el aforo del espacio deportivo en el que se desarrolla sus actividades, de forma que este no sea superado en ningún momento.
SALUDOS Y CELEBRACIONES
No se permitirán aquellas formas de saludo y/o despedida o de celebraciones que impliquen contacto físico. El personal técnico de los diferentes grupos propondrá que las y los deportistas generen alternativas sin contacto a estas situaciones.
OTROS ELEMENTOS CONEXOS A LAS ACTIVIDADES
DESPLAZAMIENTOS
Se deberán cumplir las normas establecidas por la administración competente en el ámbito de los desplazamientos.
Así, según normativa vigente para transporte terrestre, en aquellos desplazamientos que se desarrollan íntegramente por la CAPV podrá ocuparse el 100% del aforo del vehículo, sea público o privado, y será obligatorio el uso de mascarilla, salvo en aquellos casos de personas que conviven en el mismo domicilio en el caso de vehículos privados o aquellos supuestos autorizados por las autoridades sanitarias (problemas respiratorios, discapacidades, etc.).
De todos modos, se recomienda que, siempre que sea posible, los desplazamientos se hagan de forma individual activa (andando, bicicleta, patinete) o, en su caso, por unidad familiar. En caso de usar vehículos en los que se desplacen personas de distintas unidades familiares, se deberán cumplir las normas establecidas por la administración competente en el ámbito de los desplazamientos.
ACTIVIDADES CON PERNOCTACIÓN Y/O COMEDOR
En el caso de que las actividades a realizar requieran pernoctación, las habitaciones compartidas se ocuparán al sesenta por ciento, por los y las deportistas que constituyan el subgrupo de desarrollo de actividad supervisados por personal técnico perteneciente a la organización. Las distintas habitaciones, que serán recogidas, limpiadas y aireadas cada día. En el caso de utilizar litera, será ocupada por una sola persona. Se respetará una distancia de seguridad mínima de 2 metros entre camas ocupadas o se instalarán medidas de barrera.
Cuando se utilicen tiendas de campaña, podrá dormir una persona por tienda. En el caso de que las personas participantes sean convivientes, pueden ocupar la misma tienda. Si la tienda dispone de varias habitaciones físicamente aisladas, podrán ocuparse las distintas habitaciones, que serán recogidas, limpiadas y aireadas cada día. Asimismo, se permite la pernocta en vivac manteniendo la distancia de seguridad e higiene de sacos.
En el caso de ser necesario el uso de comedores cerrados, se limitará su ocupación al sesenta por ciento del aforo, manteniéndose la distancia de seguridad entre comensales. Se recomienda el establecimiento de turnos manteniendo los subgrupos establecidos para el desarrollo de las actividades. En el caso de comedores abiertos se deberá mantener la distancia de seguridad entre personas. En ningún caso se podrá compartir comida o utensilios para ésta (platos, vasos, cubiertos, servilletas, etc.).
OTRAS ACTIVIDADES PARALELAS
No estará permitida la organización de actividades lúdicas o comerciales paralelas a las actividades o competiciones. (Por ejemplo: bares, stands comerciales, hinchables y otras actividades lúdicas, etc.
PROTECCIÓN DE LOS COLECTIVOS EN DESVENTAJA SOCIAL
La entidad, en la medida de sus posibilidades, establecerá medidas para que las familias con menos recursos y que se hayan visto afectadas económicamente por la pandemia del COVID-19 puedan seguir desarrollando la actividad deportiva.
PROCEDIMIENTO DE ACTUACIÓN ANTE CASOS DE COVID-19
ACTUACIÓN DE LAS FAMILIAS Y DEL RESTO DEL PERSONAL
Las y los deportistas y el resto del personal de la entidad que experimente alguno de los síntomas más comunes compatibles con COVID-19, tales como fiebre superior a 37º, escalofríos, tos, sensación de falta de aire, disminución del olfato y del gusto, dolor de garganta, dolores musculares, dolor de cabeza, debilidad general, diarrea o vómitos no deberán acudir a la actividad, así como aquellas personas que se encuentren en aislamiento por diagnóstico de COVID-19, o en período de cuarentena domiciliaria por haber tenido contacto estrecho con alguna persona con síntomas o diagnosticada de COVID-19.
Los padres/madres o personas tutoras de las y los deportistas que actúan en las entidades participantes deberán verificar y asegurarse cada día de la actividad deportiva de que, previamente al inicio de la misma, no presentan ninguno de los síntomas del COVID-19. Asimismo, deberán alertar a la entidad deportiva y a su centro de salud de referencia si alguien en su hogar (la o el menor u otra persona) ha sido diagnosticado con COVID-19 y, en ese caso, mantener a su hijo/a o menor a cargo en casa. Si es fuera de horario laboral, y se necesita asistencia urgente, los teléfonos de Emergencias de Osakidetza son: Araba: 945 244444; Bizkaia: 944 100000; Gipuzkoa: 943 461111.
Las familias, al inicio de curso, se comprometerán por escrito con la entidad deportiva para el cumplimiento de estos aspectos. Las instituciones adjuntan un modelo que puede ser utilizado por las entidades
Este mismo requisito, y compromiso por escrito, se exigirá al personal técnico, a las personas del cuerpo arbitral y el resto de personas involucradas en las actividades de deporte escolar de la entidad. Las instituciones adjuntan un modelo que puede ser utilizado por las entidades
ACTUACIÓN DE LA ENTIDAD DEPORTIVA
CASOS CONFIRMADOS DE COVID-19
La persona responsable de salud de la entidad se pondrá a disposición de la autoridad sanitaria (rastreadores/as) y facilitar, en su caso, la información de personas de contacto.
Como principio de precaución, en aquellos casos en los que una persona de un grupo o equipo deportivo sea un caso confirmado de COVID-19 previamente al comienzo de un entrenamiento, sesión o competición, se establecerá que:
Las sesiones o entrenamientos quedarán suspendidos hasta el visto bueno de la persona responsable de salud de la entidad, tras comunicación con las autoridades sanitarias.
En el caso de que suceda previamente a un partido de un deporte de equipo, la persona responsable de salud de la entidad participante informará al otro equipo/entidad de su suspensión forzada. Asimismo, con la mayor celeridad posible, informará también a la entidad organizadora para su conocimiento y, en su caso, actuación.
En el caso de que suceda previamente a una competición de deporte individual, la persona responsable de salud de la entidad participante informará a la persona responsable de salud de la entidad organizadora que las personas que forman parte del grupo deportivo de la persona en cuestión no participarán en la competición.
SÍNTOMAS COVID-19 DURANTE LA ACTIVIDAD
Ante la sospecha de síntomas de la enfermedad durante la actividad deportiva (fiebre, tos, dificultad respiratoria, etc.), el personal técnico de la actividad informará a la persona responsable de salud de la entidad. Ésta, a su vez, avisará a la familia para que recoja a la o el deportista. La familia contactará con su centro de salud, donde se valorará la situación. Hasta su valoración, se mantendrá a la persona aislada, en caso de ser un o una menor, se valorará la necesidad de que una persona adulta le acompañe durante el aislamiento. Si se presentan los síntomas de la enfermedad en el resto del personal de la entidad deportiva, deberán irse también a su domicilio y seguir las mismas recomendaciones.
La persona responsable de salud de la entidad, según la situación, valorará si la actividad ha de suspenderse en ese mismo momento, o si podrá seguir desarrollándose. En este segundo caso, trasmitirá al personal técnico de la actividad de que extreme al máximo las medidas de prevención e higiene: actividades sin contacto y con distancias interpersonales aún mayores, uso de la mascarilla obligatorio (desarrollo de actividades de baja intensidad), mayor frecuencia de higiene de manos y otros elementos corporales, etc. El personal técnico deberá adoptar estas medidas extremas de “motu proprio” ante la más mínima duda de posibilidad o riesgo de contagio.
MEDIDAS DISCIPLINARIAS Y CONTROL DE SU CUMPLIMIENTO
La entidad deportiva ha incorporado al Reglamento de Régimen Interno una serie de infracciones vinculadas al incumplimiento de las normas establecidas en el presente protocolo, así como de otras vinculadas a comportamientos o actitudes que facilitan la posibilidad de contagio.
Las infracciones son las siguientes:
Infracciones leves:
o No cumplir en la actividad o en los espacios deportivos con lo establecido por las autoridades y la entidad en relación al uso de la mascarilla.
o No desarrollar la higiene de manos y otros elementos corporales establecido para la actividad.
o Estornudar sin utilizar el mecanismo de protección establecido de forma inintencionada.
o Escupir, lanzar saliva, mucosidades o similares de forma inintencionada de forma reiterativa al suelo u otras superficies de la instalación.
o Utilizar o compartir material deportivo personal de otra persona, cuando se haya esta circunstancia se haya prohibido.
o Utilizar o compartir materiales de uso individual de riesgo especial (botellines de agua, toallas, pañuelos, etc.) de otra persona de forma inintencionada.
o Realizar un saludo, despedida o celebración con contacto de forma inintencionada.
o Permanecer en la instalación deportiva fuera del espacio de tiempo de las actividades que le corresponden.
o Usar los vestuarios sin tener autorización, de forma inintencionada.
Infracciones graves:
o No cumplir en la actividad o en los espacios deportivos con lo establecido por las autoridades y la entidad en relación al uso de la mascarilla, de forma reiterada.
o No desarrollar la higiene de manos y otros elementos corporales establecido para la actividad de una forma reiterada.
o Estornudar sin utilizar el mecanismo de protección establecido de forma intencionada o de forma reiterada.
o Tocar o aproximarse de forma excesiva y voluntaria a otra persona en situaciones en las que no es necesario según la práctica deportiva y contra su voluntad.
o Utilizar material deportivo personal de otra persona cuando se haya esta circunstancia se haya prohibido y sin su consentimiento.
o Utilizar o compartir materiales de uso individual de riesgo especial (botellines de agua, toallas, pañuelos, etc.) de otra persona de forma intencionada.
o No cumplir con las instrucciones directas del personal técnico, del cuerpo arbitral o
de cualquier responsable de la entidad deportiva en situaciones que pueden
suponer cierto riesgo de contagio.
o Realizar saludos, despedidas o celebraciones con contacto de forma intencionada o reiterativa.
o Permanecer en la instalación deportiva fuera del espacio de tiempo de las actividades que le corresponden de una forma reiterativa.
o Usar los vestuarios sin tener autorización, de forma intencionada. o Burlarse o menospreciar a un niño/a u otra persona por sufrir o haber padecido el COVID-19.
o Acumular cinco infracciones leves.
Infracciones muy graves:
o No cumplir en la actividad o en los espacios deportivos con lo establecido por las autoridades y la entidad en relación al uso de la mascarilla, de forma reiterada e intencionada.
Estornudar, escupir o lanzar saliva, mucosidades o similares de forma voluntaria a otra persona.
Tocar o aproximarse de forma excesiva y voluntaria a otra persona en situaciones en las que no es necesario según la práctica deportiva y contra su voluntad de forma reiterada.
Utilizar materiales de uso individual de riesgo especial (botellines de agua, toallas, pañuelos, etc.) de otra persona y sin informarle de tal situación de una forma intencionada.
No cumplir con las instrucciones directas del personal técnico, del cuerpo arbitral, del responsable de salud o de cualquier otro responsable de la entidad deportiva en situaciones susceptibles de riesgo alto de contagio.
Acudir a la actividad deportiva con síntomas vinculados al COVID-19, sin haber tomado las precauciones oportunas o sin cumplir los compromisos adquiridos. o No comunicar a la entidad deportiva que la persona que pertenece a la entidad deportiva u otra persona de la unidad de convivencia está contagiada o con síntomas vinculados al COVID-19.
o Hacer acoso o bullying a un niño/a u otra persona por sufrir o haber padecido el COVID-19 o por difundir un bulo sobre esta situación. o Acumular tres infracciones graves.
Las sanciones a establecer son las ya recogidas por el Régimen Interno para cada tipo de infracción.
Asimismo, en el caso de infracciones de personas vinculadas laboralmente, se adoptará lo dispuesto en el convenio colectivo de aplicación o instrumento negociado equivalente.
La persona responsable de salud dará a conocer estas infracciones, y las correspondientes sanciones, a las familias, al personal técnico y al personal arbitral. Asimismo, el personal técnico se las explicará a las y los deportistas, informándoles de la importancia y del valor educativo del cumplimiento de las normas.
DIFUSIÓN Y CONOCIMIENTO DEL PROTOCOLO Y LAS MEDIDAS ADOPTADAS
Es absolutamente necesario garantizar el conocimiento de este Protocolo y de las diferentes medidas a adoptar por parte de todas las personas afectadas por el mismo. Para ello, los medios que utilizará la entidad para su divulgación y conocimiento serán los siguientes:
DIFUSIÓN GENERAL
De forma general, se remitirá un correo electrónico a todas las familias de las y los deportistas, así como a todas las personas que forman parte de la estructura de la entidad, laboralmente o de forma voluntaria, informando de la aprobación del presente Protocolo y solicitando su colaboración para una aplicación efectiva. Se adjuntará un enlace tanto al Protocolo como al material divulgativo creado para las familias, deportistas, personal técnico y el cuerpo arbitral. Podrá divulgarse el material divulgativo creado por las instituciones tal cual, o si la entidad lo considera oportuno, este mismo adaptado a las circunstancias de la entidad (y/o cualquier otro documento que la entidad considere).
Se incorpora en la web de la entidad, en un lugar destacado, un espacio específico que facilite:
La identificación de la Persona Responsable de Salud de la entidad y la forma de contacto directo con ella (teléfono y correo electrónico).
El Protocolo y el material informativo creado para las familias, deportistas, personal técnico, cuerpo arbitral, responsable de salud y responsable de entidad, así como cualquier otra documentación vinculada que se considere oportuno.
Se colocarán en la entrada de los espacios deportivos, en los vestuarios y en otros lugares especialmente estratégicos, carteles orientados a la sensibilización en la prevención y la higiene. En este caso, siempre y cuando la instalación o espacio deportivo fuera propio. En caso de no ser propio, podrá planteársele a su titular la colocación de los mismos. Enlace web a diferentes carteles generados por el Departamento de Salud del Gobierno Vasco.
COMUNICACIONES/SENSIBILIZACIONES ESPECÍFICAS
Se enlazan modelos de referencia de tanto los materiales informativos para cada tipo de agente o colectivo, como de los documentos de compromiso a firmar por las familias, personal técnico y personal arbitral.
Familias, previamente al comienzo de las actividades:
Se remitirá mediante correo electrónico:
Protocolo de la entidad.
Material informativo creado para las familias, de cara a conocer sus obligaciones, responsabilidades y derechos.
Material informativo creado para las y los deportistas, de cara a que las familias se lo den a conocer a las y los menores y colaboren con la entidad deportiva en su sensibilización.
Documento de conocimiento, aceptación y compromiso con las medidas de prevención y condiciones de participación. Deberá ser firmado y entregado a la entidad previamente al inicio de las actividades.
Se realizarán reuniones telemáticas por grupos de actividades para dar a conocer todas las medidas, explicar su papel y lo fundamental de su compromiso y aclarar dudas o preocupaciones de las familias.
Personal técnico de la entidad, previamente al comienzo de las actividades:
Se remitirá mediante correo electrónico:
Protocolo de la entidad.
Material informativo creado para el personal técnico, de cara a conocer sus obligaciones, responsabilidades y derechos.
Material informativo creado para las y los deportistas, de cara a que el personal técnico se lo dé a conocer a las y los deportistas a su cargo en la primera sesión/entrenamiento.
Documento de conocimiento, aceptación y compromiso con las medidas personales de higiene y prevención obligatorias. Deberá ser firmado previamente al inicio de las actividades.
- Se realizarán reuniones telemáticas con el personal técnico para dar a conocer todas las medidas, explicar su papel y lo fundamental de su actuación y compromiso, informar de las sanciones oportunas en caso de incumplimiento y aclarar posibles dudas.
Deportistas:
Previamente al comienzo de las actividades:
Las familias les sensibilizarán en la importancia de cumplir con las medidas de prevención e higiene, basándose en el material informativo de las y los deportistas.
El primer día de la actividad:
Explicación detallada por parte del personal técnico de todas las medidas de prevención e higiene, basándose en el material informativo de las y los deportistas.
Personal arbitral de la entidad:
Previamente a las actividades de competición, se les remitirá mediante correo electrónico o entregará en físico, los siguientes documentos:
Material informativo creado para el cuerpo arbitral, de cara a conocer sus obligaciones, responsabilidades y derechos.
Documento de conocimiento, aceptación y compromiso con las medidas personales de higiene y prevención obligatorias. Deberá ser firmado previamente al inicio de la actividad.
Cualquier modificación del protocolo, bien sea por voluntad de la entidad, bien sea por nuevas normas o directrices de las autoridades competentes, se dará a conocer a todas las personas afectadas, al menos, mediante correo electrónico. Asimismo, si las modificaciones fueran de especial relevancia o modificaran sustancialmente las medidas inicialmente adoptadas, podrán convocarse reuniones telemáticas para su explicación/difusión. Posteriormente, estas modificaciones deberán de darse a conocer a las y los deportistas, directamente a través de las familias y del personal técnico.
EVALUACIÓN Y SEGUIMIENTO DEL PROTOCOLO
Dada la novedad de la situación resulta fundamental que se desarrolle un seguimiento y una evaluación permanente de las medidas adoptadas y de las actitudes y comportamientos que se observan. Así se plantearán reuniones o valoraciones grupales a todos los niveles de la entidad.
REUNIONES DEL ÓRGANO DIRECTIVO
La persona responsable de salud formará parte de las reuniones del órgano directivo o de administración de la entidad, en las que, obligatoriamente, habrá un punto del orden del día de valoración de la situación y actuaciones de la entidad frente al COVID-19.
Dadolaexcepcionalidaddelasituacióndeestecurso,sedesarrollará,comomínimo,unareuniónmensual.Podránconvocarsereunionesextraordinariasencualquiermomentooconunamayorperiodicidad,siasíseconsiderara oportuno,especialmentealprincipiodecurso.
REUNIONES CON EL PERSONAL TÉCNICO
Una vez comenzado el curso escolar, se desarrollarán reuniones telemáticas con el personal técnico para realizar una valoración de la situación, asegurar una correcta aplicación de las medidas, ajustarlas en su caso, y resolver las dudas que pudieran tener. Para ello, se plantearán, como mínimo, las siguientes reuniones:
A la semana del comienzo de las actividades.
Al mes del comienzo de las actividades.
Al comienzo del 2º trimestre.
Al comienzo del 3º trimestre.
REUNIONES DEL PERSONAL TÉCNICO CON LAS Y LOS DEPORTISTAS
El primer día de sesión de la semana el personal técnico planteará, una breve valoración grupal, participativa, del funcionamiento de las medidas al COVID-19 y, en su caso, de corrección de actitudes y comportamientos.